Tabla de contenido
Perros y gatos son los animales domésticos más habituales en los hogares españoles y todos adoramos a esos peludos cuadrúpedos, peeeeero en ocasiones causan serias desavenencias entre vecinos.
Recibimos en el despacho bastantes quejas y consultas sobre esta cuestión, principalmente relacionadas por molestias causadas por ladridos de perros en las comunidades de vecinos y porque no van adecuadamente sujetos con correa y bozal. Normalmente la mediación del gestor surte efecto y una pequeña inversión en adiestramiento resuelve el problema. Solo en casos excepcionales estas incidencias terminan en un litigio, y en estos casos la culpa siempre es de la negligencia y la desidia del dueño del animal.
Hay que tener ya en cuenta la nueva Ley de Bienestar Animal que en este 2023 se aprobó y entrará en vigor mañana dia 29 de septiembre. Una normativa polémica que entre otras cosas establece un periodo máximo para que los animales puedan estar sin supervisión, que será de 3 días para los gatos y 24 horas para los perros. En el caso que analizamos, los perros y sus ladridos en comunidades de vecinos, no hay prohibiciones taxativas pero sí reglas de comportamiento y actuación.
LOS PERROS NO SON MOLESTOS, SU FALTA DE ADIESTRAMIENTO SÍ.
Como en toda convivencia la idea de lo que es molesto es subjetiva y depende de la interpretación de cada uno. Y para eso están las normas (estatutos, reglamento de régimen interno y ordenanzas municipales), para marcar una línea objetiva entre lo que está permitido y lo que no.
Nos referimos a unas normas muy básicas de comportamiento que si son respetadas descartan que los ladridos de los perros en las comunidades de vecinos puedan ser catalogados como molestos y, por tanto, susceptibles de ser llevados a tratamiento administrativo o judicial.
Estas NORMAS BÁSICAS son las siguientes::
- No molestar (ladrar, correr, ruidos en general) en horario de descanso
- No generar situaciones insalubres (suciedad, excrementos, orina, pelos…)
- No generar situaciones de peligro al resto de propietarios e inquilinos (agresividad, ataques, mordeduras, andar/correr suelto…)
- Respetar las directrices y limitaciones impuestas en estatutos y reglamento interno
- Procurarles todos los cuidados básicos
El código civil catalán advierte a propietarios e inquilinos de que “no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas…bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes”.
Negligencias en el cuidado de los perros
Dicho esto, sí que existen comportamientos en el cuidado de los perros que serían definidos como negligentes y podrían, muy posiblemente, ocasionar molestias al resto de vecinos de la finca.
- Dejarlos encerrados en el patio demasiado tiempo sin sacarlo, lo que ocasiona que hagan sus necesidades en un espacio reducido y semi cerrado, subiendo ese olor a otras viviendas, no sólo el olor, sino variedad de insectos atraídos por orinas y excrementos.
- Tenerlos sueltos en zonas comunes.
- Hacer sus necesidades en zonas comunes.
- Higiene desatendida afectando al ámbito más cercano a la vivienda como pueden ser los pasillos del mismo nivel de pisos, pasillos colindantes y/o ascensor.
- Ruido al correr, ladrar o escarbar repetidamente dentro de la vivienda.
La nueva Ley de Bienestar Animal, publicada en el BOE el pasado 29 de marzo, no habla específicamente de los ladridos de perros en comunidades de vecinos ni de acciones concretas en su comportamiento. Solamente establece que un perro no se le puede dejar sin atención más de 24 horas. Estas medidas contempladas en la nueva ley de protección animal entrarán en vigor a los 6 meses de su publicación en el BOE, es decir, mañana día 29 de septiembre de 2023.
¿Qué se puede hacer ante las molestias causadas por los ladridos de perros en comunidades de vecinos?
Recomendamos las siguientes actuaciones si consideramos realmente molestos los ladridos de los perros en nuestra comunidad:
- Ponerlo en conocimiento de la administración de fincas y del presidente de la comunidad con la finalidad de que procuren hablar con el propietario del animal para que modere su conducta
- Si persiste, recomendamos instar mediación ante el Ayuntamiento
- Si persiste, recomendamos llamar a la policía para que levante acta.
- En última instancia, demanda judicial.
CONCLUSIONES
- Los perros no causan molestias. La falta de adiestramiento y educación sí. El responsable es el dueño del perro, no el perro.
- Se debe priorizar la mediación
- Si la mediación no funciona se debe denunciar policialmente para que levanten acta de la infracción
- Si la advertencia policial no funciona se debe instar demanda en cesación de actividades molestas
Si tenéis problemas con las mascotas en vuestra finca no dudéis en consultar con nosotros, tenemos mucha experiencia en mediación en conflictos de convivencia y hemos intervenido en numerosos litigios por actividades molestas en comunidades de propietarios.
Contacto:- seciasesores@seci.biz
- 637 23 25 55 (llamadas y whatsapp)
