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Las mascotas dejan de tener la consideración de «cosas» a efectos jurídicos, reconociéndose su cualidad de seres vivos sintientes.

Se ha aprobado el nuevo régimen jurídico de los animales, con efecto a partir del día 05/01/2022.
El nuevo régimen implica la modificación de diversas normas para su adaptación a la mayor sensibilidad social hacia los animales y el reconocimiento de su cualidad de seres vivos sensibles.
Los principales ámbitos en los que se producen cambios son los siguientes:
- Crisis matrimoniales. Se regula la convivencia y cuidado de los animales en el caso de divorcio o quiebra familiar.
- Derechos reales y compraventa. Se adapta la normativa a la verdadera naturaleza de los animales y su relación con los seres humanos, sin perjuicio de que, en determinados aspectos, haya de aplicarse supletoriamente el régimen jurídico de los bienes o cosas, en tanto no exista una regulación específica de las relaciones jurídicas en que puedan estar implicados y siempre que tal régimen jurídico sea compatible con su naturaleza y protección. Se persigue la extensión progresiva de su régimen protector a todos los ámbitos en que intervienen los animales.
Por otra parte, aunque los animales sean, en general, apropiables y objeto de comercio, la relación de la persona y el animal ha de modularse por su cualidad de ser vivo sensible, y los derechos y facultades ejercitados sobre ellos conforme a su bienestar y protección, evitando el maltrato, abandono y muerte cruel o innecesaria. Ello hace necesario adaptar las nociones de ocupación, frutos naturales, hallazgo, responsabilidad por daños y vicios ocultos en su aplicación a los animales. Además, se establece que los animales de compañía no podrán ser objeto de prenda.
- Sucesiones. Se regula el destino de los animales en caso de fallecimiento de su propietario sin disposición testamentaria al efecto, también presididas por el criterio de bienestar del animal.
- Modificación de la Ley hipotecaria, para eliminar la posibilidad de hipotecar a los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo y se prohíbe el pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía.
- Se declaran inembargables a los animales de compañía, en atención al vínculo afectivo con la familia con la que conviven, sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que dichos animales generen.
Con esta nueva regulación se avanza en la consideración de los animales como seres sintientes, y como tales dejan de ser objetos y pasan a ser considerados sujetos de derecho.
