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VOY A COMPRAR UN PISO, ¿QUÉ CERTIFICADOS DEBO PEDIR?

Contar con un asesoramiento especializado en el sector de la gestión patrimonial puede marcar la diferencia entre tener sorpresas y volverte loco persiguiendo documentos o disfrutar tranquilamente de tu nuevo piso porque tienes la certeza de que todo está en orden.

Tabla de contenido

Estos son los certificados que debes solicitar.

La mayoría de personas cuando firman el contrato de compraventa creen que ya han terminado su preocupación sobre los asuntos legales relacionados con su nueva propiedad. Desafortunadamente eso no es así.

La regulación legal relacionada con la vivienda es una maraña de normativas que en muchas ocasiones resulta difícil de comprender. Regulaciones de suministros, estado de conservación, eficiencia energética, cargas que gravan la propiedad...La mayoría de estas cuestiones se recogen en una serie de certificados que son obligatorios a nivel nacional.

Si vas a comprar obra nueva te entregarán, o deben entregarte, un documento llamado Libro del Edificio, que puede ser en formato digital (no impreso en papel). Este Libro del Edificio recoge todos los intervinientes en la promoción, las incidencias, las garantías, las modificaciones del proyecto, si las ha habido, y las certificaciones de las instalaciones. Es conveniente que tengas localizados estos documentos, pero es absolutamente recomendable que tengas a mano los siguientes certificados relativos a tu vivienda:

Certificado de instalación eléctrica

El distribuidor nos obliga a certificar la instalación de acuerdo con el Real Decreto 842/2002, que corresponde a la normativa eléctrica de baja tensión. De acuerdo con la normativa anterior, la obligación de que la instalación eléctrica esté en perfecto estado corresponde al propietario del inmueble.

El documento que certifica que la instalación está en perfecto estado se denomina certificado de instalación eléctrica, boletín eléctrico o CIE. Es un certificado obligatorio en algunos casos para que la propiedad pueda tener suministro eléctrico. Este certificado será necesario en los siguientes casos:

  • Modificación de ciertos elementos o de toda la instalación eléctrica.
  • Contratación de una potencia superior a la estipulada en el CIE como máxima admisible.
  • Que el actual boletín eléctrico esté caducado (la validez del boletín es de 20 años).
  • Modificación de la instalación eléctrica de monofásica a trifásica o viceversa.

Certificado de instalación del gas

El Real Decreto 1027/2007 es una norma que regula el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. La normativa anterior estipula la obligación de poseer un certificado de instalación de gas.

Una vez finalizada la instalación el instalador debe proporcionarnos el certificado de instalación de gas mencionado anteriormente para demostrar que la instalación no es un problema.

Este tipo de certificado de instalación también se denomina boletín de gas o modelo IRG-3.

De igual manera que el CIE, este tipo de certificado será necesario si queremos realizar ciertas gestiones, como son las siguientes:

  • Alta del gas natural en un inmueble de obra nueva
  • Alta de gas natural en un inmueble que lleva más de dos años sin suministro de gas natural
  • Modificación en la instalación de gas natural o en alguno de sus elementos
  • Cambio de comercializadora.
  • Cambio de tarifa de gas natural

Certificado de eficiencia energética

Según el Real Decreto 235/2013, es obligatorio el certificado de eficiencia energética. Esta acreditación nos da información sobre el consumo energético anual del inmueble. Este documento debe incluir también la siguiente información:

  • Localización del inmueble
  • Información del proceso seguido para obtener el certificado de eficiencia energética
  • Características energéticas del inmueble
  • Normativa de ahorro y eficiencia energética del momento en el que se construyó el inmueble
  • El grado de calificación de eficiencia energética

Desde 2013, este certificado de eficiencia energética es obligatorio para cualquier transacción de arrendamiento o venta y se debe poseer antes de que se realice esa transacción.

Certificado de aptitud del Edificio (I.T.E.) - Solo para el caso de compra de vivienda de segunda mano.

El Decreto 67/2015, de 5 de mayo, para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio, establece la obligatoriedad de inspeccionar el edificio cuando este tiene una determinada antigüedad para determinar las necesidades de conservación, mantenimiento y rehabilitación.

Cuando se pasa la inspección se solicita a la administración la emisión de un certificado de aptitud, que puede ser favorable o desfavorable. En cualquier caso, lo relevante es que como comprador sepas qué posibles derramas van a afectarte en el corto plazo, y eso solo puede determinarse sabiendo qué deficiencias se deben resolver.

Certificado de estado de deudas con la Comunidad - Solo para el caso de compra de vivienda de segunda mano

Si vas a comprar una vivienda es imprescindible que conozcas las posibles cargas que la gravan. Las deudas con la comunidad no suelen constar inscritas como carga en el Registro de la Propiedad, de manera que la única forma de saber si existe un saldo deudor es solicitar al vendedor que solicite a la comunidad, a través de su presidente o administrador, un certificado de estado de deudas que certifique los saldos pendientes, si es que existen. El notario requerirá este documento para formalizar la compraventa, pero aunque no fuera así es más que recomendable solicitarlo.

Como veis existen diversas normas que se entrecruzan y se complementan, y cuya comprensión global puede entrañar una cierta dificultad.

Contar con un asesoramiento especializado en el sector de la gestión patrimonial puede marcar la diferencia entre tener sorpresas y volverte loco persiguiendo documentos o disfrutar tranquilamente de tu nuevo piso porque tienes la certeza de que todo está en orden. Si tienes dudas: CONTACTA

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